El juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real ha reconocido a una trabajadora con reducción de jornada el derecho a la “concreción horaria”, en una sentencia del juzgado de lo Social número 3 del de este 20 de mayo, que considera probado que su empresa vulneró sus derechos fundamentales.
La representa el sindicato CSIF que cuenta en un comunicado que la empleada deberá recibir 3.000 euros por daños morales de la empresa Mawersa.
Aceptaron excluirla de los turnos de noche
La trabajadora, madre de tres hijos, solicitó una reducción de jornada en agosto de 2023, tras el nacimiento de sus mellizos, así como la adaptación de su horario de trabajo, eliminando los turnos de noche hasta que los menores cumpliesen 12 años. La empresa acepta estos cambios y la conserje desarrolla con normalidad sus funciones hasta la llegada de un nuevo gerente, a finales de 2024. A partir de entonces, los anteriores horarios son modificados por la empresa, pasando así de cuatro a tres turnos.
La obligaron a trabajar de dos de la tarde a diez de la noche
Ante esta situación, la trabajadora presenta una propuesta, pero su solicitud es denegada alegando la empresa que “los turnos facilitados por nuestra parte son los que existen”. Unos cuadrantes que, en un 90%, son en turno de tarde de dos a diez de la noche, lo que genera en la trabajadora un estado de ansiedad que le lleva a darse de baja.
“Los servicios jurídicos de CSIF Ciudad Real han demostrado que la alteración del régimen horario afecta directamente a la concreción horaria de la que venía disfrutando desde 2023, sin que la empresa haya ofrecido justificación suficiente ni razonada”, aseguran.
El sindicato asegura que ya consiguió el pasado mes de febrero que se reconociese la clasificación profesional de conserje a esta misma trabajadora. CSIF subraya la importancia de esta sentencia “para favorecer la conciliación laboral y familiar de los trabajadores, un derecho objeto de vulneración frecuente por parte de las empresas”.