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Tribunales

Condenan a la Agencia Tributaria por sancionar un error de una empresa de Tomelloso

La empresa se equivocó en una factura de septiembre que contabilizó en octubre

Oficinas de la Agencia Tributaria en una imagen de archivo / Lanza
Oficinas de la Agencia Tributaria en una imagen de archivo / Lanza
B.R. / Lanza / TOMELLOSO
El TSJCLM falla que la administración ha aplicado “niveles de exigencia impropios de la condición humana”

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha da la razón a una empresa de Tomelloso a la que la Agencia Tributaria impuso una multa por un error en la contabilización de una factura en octubre de 2016, pese a que la compañía ya lo había subsanado.

    El alto tribunal regional estima finalmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la empresa, asistida por Caballero & Fuentes Abogados que ha dado a conocer el caso, e impone el pago de las costas a la administración central.

    “Niveles de exigencia impropios”

    Uno de los argumentos del fallo es que la administración ha aplicado en este caso “niveles de exigencia impropios de la condición humana”, por facturar en octubre un cargo de septiembre, en la contabilidad del año 2016 (el contencioso se puso en 2021).

    Los hechos por los que se sancionan se refieren a una única factura de 30 de septiembre del 2016, que fue contabilizada “por error” en octubre del 2016, y que dio lugar a que la liquidación del trimestre resultara con un saldo a compensar en trimestres futuros. El contribuyente, al recibir el requerimiento de la administración tributaria, presentó declaración complementaria y efectuó el ingreso correspondiente al trimestre en el que debió ser incluida la factura.

    Ejemplo de lucha “contra las sanciones desproporcionadas”

    Rodrigo Caballero, el abogado de la empresa, asegura que la sentencia “es un ejemplo de la lucha por proteger a los ciudadanos y empresas frente a sanciones desproporcionadas derivadas de errores involuntarios o de escasa relevancia en sus obligaciones fiscales. El Tribunal ha dejado claro que no todos los errores deben ser sancionados automáticamente, sino que deben analizarse las circunstancias del caso para evitar vulnerar los derechos de los contribuyentes”.

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