En uno de los procedimientos judiciales más largos que se recuerda en la historia de la democracia, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto veintiséis años después a todos los investigados por dos presuntos delitos contra la Hacienda Pública, y da la razón a los denunciados, de Tomelloso, por unos transportes de alcohol que se realizaron desde Italia a Portugal en el año 1998.
La incoación del procedimiento se produjo en noviembre del 2002, las calificaciones provisionales se conocieron en el 2012, el primer juicio que se tenía que celebrar en el año 2016 fue suspendido, celebrándose definitivamente en enero del 2021.
Veintisiete años muy duros
La magistrada juez del Juzgado de los Penal 3 de Ciudad Real dictó sentencia en septiembre del 2021. Pero el recurso de apelación que interpusieron los acusados ante la Audiencia Provincial desembocaría en una sentencia absolutoria el pasado 17 de junio , veintiséis años después, que han sido muy duros para los investigados y sus familias, sin olvidar a todos los empleados con sus familias.
En sus investigaciones la UCO y los Agentes del Servicio Aduanero de la Agencia Tributaria, tomaron declaración a mas de cien conductores, de los cuales en el juicio solo pudieron declarar cuarenta por lo dilatado del proceso.
Las peticiones tanto por parte del Fiscal como del Abogado del Estado, superaban los 23 millones de euros, declarando a las empresas transportistas responsables subsidiarios, circunstancia que les conduciría unos años mas tardes al cese total de la actividad, debido, por un lado, a las medidas cautelares adoptadas por la Agencia Tributaria y, por otro, al descrédito comercial sufrido.
José Enrique Rodríguez, abogado de dos de los investigados, ha explicado a Lanza, las particularidades y circunstancias de un procedimiento en el que los investigados nunca cometieron delito y que ”jamás debió llevarse a cabo su investigación, ya que el caso ya había sido juzgado por los Tribunales Italianos, condenando a los verdaderos responsables de los delitos”.
Continua explicando el letrado, que, sin embargo, la Agencia Tributaria Española quiso exigir el ingreso de estos impuestos a la Empresas que habían efectuado los transportes : Hispatank, CISA y otras empresas colaboradoras. Investigando a sus representantes de unas irregularidades que , como remarca la sentencia, nunca pudieron cometer los investigados por que los impuestos exigidos no corresponden a su responsabilidad, “corresponden, y así lo tiene garantizado por ley, a la empresa vendedora”.
Este viene a ser el argumento principal en la estimación de los recursos contra la sentencia del 2021, absolviendo a todos los investigados y la responsabilidad civil de las empresas al no existir delito en el desarrollo de sus trabajos y actuaciones. Tras la firmeza de la sentencia, los representantes de la Empresas perjudicadas han iniciado las acciones legales en reclamación de sus intereses tanto por los daños morales como por las pérdidas patrimoniales sufridas.
El abogado nos muestra una noticia publicada en un diario digital andaluz sobre el llamado caso “Rexus” de empresas pantalla, ocurrido en Jaén, que concluyó con una sentencia también absolutoria para sus nueve acusados 22 años después, y que estaba catalogado como el juicio más largo de España. Ahora le ha supera este juicio del transporte del alcohol que ha finalizado con esa sentencia absolutoria.