La sección primera de la Audiencia Provincial ha condenado a dos veinteañeros de Tomelloso Ramón G.R. y su primo José Ramón T.R. a penas de 22 años y medio y 21 años de cárcel, respectivamente, por tres intentos de homicidio y un delito de conducción temeraria –sólo en el caso de Ramón-, unas condenas casi tan elevadas como las que pedía la fiscalía.
La sala, que juzgó el caso el mes pasado, considera a los dos primos responsables del atropello múltiple que sufrieron tres clientes de la terraza del bar Nico de Tomelloso en julio de 2015, por una absurda discusión de tráfico.
Según los hechos que se consideran probados los acusados le pidieron ayuda para empujar el coche de Ramón a tres jóvenes que estaban tomando unas cervezas en la terraza de ese bar sobre las diez y media de la noche del 3 de julio, pero estas personas se negaron a hacerlo y a los acusados les dio tanta rabia que cuando lograron arrancar el vehículo, y tras un primer enfrentamiento verbal, se montaron el coche y se los llevaron por delante, causando a uno de ellos heridas graves (llegó a ingresar en la UCI). Después huyeron conduciendo de forma temeraria por otras calles de la localidad, en las que estuvieron a punto de provocar varios accidentes.
El tribunal no da crédito a la tesis exculpatoria de los acusados, que mantuvieron que todo fue un accidente, pero acepta rebajar algo la condena (siete años por cada uno de los tres intentos de homicidio, en vez ocho como pedía el fiscal), porque han indemnizado en parte a las víctimas (han abonado algo más de 4.000 euros de los más de 5.000 fijados en sentencia).
Uno conducía, pero los dos actuaron con el ánimo de venganza
La sala considera autor del atropello y por tanto de los intentos de homicidio al conductor del coche, Ramón, pero hace igualmente responsable al copiloto, su primo José Ramón, al que considera coautor. Esta es la explicación jurídica: “la coautoría presupone la común y unitaria resolución de los partícipes para llevarla a efecto, siendo esencial la unidad de conocimiento y voluntad. Y queda evidenciado el previo acuerdo de los acusados en la ejecución del atropello, actuando de consuno y movidos por ánimo de venganza”, dice textualmente la sentencia.
Las víctimas están bien
El fallo también implica una orden de alejamiento de nueve años de las víctimas, que ya se han recuperado de las lesiones, incluso el herido más grave, y en el juicio intentaron minimizar lo ocurrido conscientes de las consecuencias penales para los acusados y la presión de sus familias. De hecho la abogada del herido más grave, que ejercía la acusación particular, desistió en el juicio de seguir con la acción penal y pidió lo mínimo por la lesiones (su patrocinado estuvo 65 días sin poder trabajar).
La sentencia todavía no es firme, cabe recurso.