Según ha explicado a Lanza, Moisés Porto, abogado que ha llevado el caso, “esta mujer solicitó un préstamo a una entidad bancaria que le fue denegado al estar incluida en un fichero de morosidad. Acto seguido la mujer se puso en contacto con nuestro bufete, ILM Abogados, que estamos especializados en este tipo de casos y tras las oportunas indagaciones descubrimos que era Vodafone quien había incluido a esta mujer en el fichero. Así, la mujer decidió presentar una demanda en contra de la compañía”.
La mujer había solicitado un terminal que nunca recibió, pero la compañía le emitió la factura, “sin realizar el preceptivo requerimiento de pago de la supuesta deuda e incluyéndola directamente en el fichero. Por tanto, la deuda ni era cierta, ni vencida, ni líquida y por tanto, tampoco era exigible”, explica Porto.
El abogado explica que cuando se da un caso de deuda controvertida, es decir, que es discutida, “hay que esperar a que se resuelva, y hasta entonces no se puede cobrar y mucho menos incluir a la persona en cuestión en un fichero de morosos, puesto que se vulnera el derecho al honor y a la imagen de esa persona, además de causarle un claro perjuicio económico como le ocurrió a esta mujer a la que denegaron un préstamo”.
El abogado que defendió a esta mujer reclamó diez mil euros, que finalmente se quedaron en la mitad, “una cantidad nada desdeñable, pero además la sentencia estipula la retirada del nombre de la mujer de ese fichero y la anulación de la factura”. Moisés Porto, abogado de ILM, empresa que tiene sedes en Asturias, Madrid y Barcelona y que trabaja por toda España considera que “hay mucho trabajo por reclamaciones que se producen en este sector, ya que muchas veces por cantidades mínimas o incluso por errores de facturación, se incluyen a personas en estos ficheros de morosos que son públicos. Además, no solo afecta a personas físicas, sino también a personas jurídicas que pueden ver vulnerados sus derecho al honor y ver como su imagen se pone en entredicho”.
La inclusión de los nombres en este fichero es, según explica el abogado, una manera coercitiva de presionar a la gente para que pague, “pero este no era el caso de la mujer de Tomelloso que presentó la demanda, puesto que no había recibido el teléfono, ni tampoco había sido requerida previamente, como debe hacerse, antes de ser incluida en ese fichero”.
Aunque la compañía tiene la opción de recurrir la sentencia, “normalmente, no lo hacen”, señala este abogado que se encuentra muy satisfecho con el contenido de una sentencia que viene a hacer justicia con la situación de vulneración de derechos que había sufrido esta mujer.