La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha celebrado esta mañana el juicio oral de J. S. M. y D. A. L. C. por un delito continuado de estafa por actuar como intermediarios en la venta de unos inmuebles, sobre los que no tenían ningún derecho, de la SAREB Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria.
La Fiscalía ha solicitado una pena de cuatro años y seis meses a J.S.M, actualmente en prisión por un delito similar, y de tres años y nueve meses para D. A. L. C., así como la devolución de las cantidades presuntamente estafadas a los denunciantes, debiendo responder de manera subsidiaria la empresa bajo la que se habría cometido el delito, Starsburger S. L.
El juicio comenzó con la solicitud de la defensa al Tribunal de su inhibición en la causa para que esta pudiera juntarse con otras similares que los acusados tienen pendientes en otros tribunales. Tras rechazar el Tribunal esta petición, comenzó el testimonio de J. S. M. quien manifestó en varias ocasiones que, la que era su pareja, D. A. L. C., no tenía conocimiento de las gestiones que él llevaba a cabo en la empresa Starsburguer.

Según explicó, compraron Starsburguer y se registró como administradora única a D. A. L. C., que también sería la titular de todas las cuentas bancarias de la empresa. Después indicaría D. A. L. C. que su pareja le pidió el favor de que fuera administradora (“porque tenía problemas con Hacienda”), afirmando que lo hizo porque confiaba en él y que no esperaba lo que estaba por ocurrir. “Yo no gestionaba nada, ni sabía nada de lo que hacía la empresa, ni de sus cuentas de banco, ni de que tuviera problemas con la justicia”, afirmó D. A. L. C.
Los hechos tuvieron lugar en 2017 cuando, según indicó la Fiscalía, los acusados, administradores y gestores de la empresa Starsburguer S.L con sede en Madrid y con el ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, ofrecieron a varias personas la venta de varias viviendas que pertenecían a la Sareb, a sabiendas de que no iban a realizar la operación acordada.
La Fiscalía indica que pese a que J. S. M. quiera exonerar a la que era su pareja, ambos son responsables del delito a juzgar. Ambos se comprometieron con una inmobiliaria ubicada en Campo de Criptana a que esta adquiriera un lote de 48 viviendas y naves ubicadas en distintas localidades españolas, tales como Almansa (Albacete) o Lorca (Murcia), que el acusado aseguraba que eran propiedad de la empresa Starsburguer S.L.
A raíz de este acuerdo, la empresa de Campo de Criptana pagó en concepto de señal por la compra 48.000 euros, pero los acusados no llegaron a entregar ni escriturar las viviendas o naves a favor de la perjudicada, a quienes tampoco le devolvieron el dinero entregado.
Del mismo modo, una inmobiliaria de Puertollano pago una reserva de 23.000 euros por la venta de un lote de 23 viviendas. Tampoco se le entregó ni escrituras ni las viviendas.
Durante su declaración J. S. M. indicó que fueron los representantes de las inmobiliarias de Campo de Criptana y Puertollano quienes, a través de intermediarios, conocieron que él estaba gestionando la venta de viviendas del SAREB y otros fondos de inversión. “Fueron ellos los que contactaron conmigo”, indicó, añadiendo que nunca se le requirió [de forma oficial] la devolución del dinero o la formalización de las escrituras, no recordando si se le solicitó el dinero por vía telefónica, email o mensajes.

Los representantes de las inmobiliarias de Campo de Criptana y Puertollano indicaron en el juicio que una persona de reconocido prestigio les informó de las posibilidades de negocio en la venta de activos de la SAREB, bancos y fondos de inversión con J. S. M. como intermediario. Por lo que mantuvieron reuniones con él, en las que le facilitó un listado con unos 5.000 activos, de los cuales eligieron uno 48 y otro 23, sobre los que hicieron el pago de reserva. Tras este pago, relataron que todo fueron excusas, dilaciones, mentiras indicando que se les iba a devolver la reserva cuando lo solicitaron y, al final, silencio por parte de J. S. M.
Explicaron que cuando pudieron acceder a notas simples de los inmuebles que teóricamente habían reservado pudieron confirmar lo que comenzaron a sospechar meses antes y era que J. S. M. no tenía nada que ver con esos inmuebles, ni con la SAREB. Los denunciantes indicaron que solicitaron la devolución del dinero por teléfono, mensaje, mail, e incluso uno de ellos por burofax a la dirección del contrato.
Por otro lado, apuntaron que nunca habían visto en persona a D. A. L. C.
El juicio quedó visto para sentencia.