El Viceconsejero de Medio Ambiente autorizó el pasado 30 de abril de 2019 a la mercantil LifeforTyres SL el funcionamiento de una instalación de pirólisis de NFU en Puertollano, para procesar 29.000 toneladas de NFU, aproximadamente el 10% de los desechados cada año en España.
Desde Ecologistas en Acción Valle de Alcudia afirman que ese proyecto consiste en calentar en un reactor químico sin presencia de oxígeno los NFU hasta una temperatura de 500-550ºC, donde una parte del NFU se gasifica. Ese gas llamado de síntesis se condensa y se obtienen dos fracciones: un hidrocarburo líquido y un gas que se ha de limpiar de contaminantes y se quema en la misma instalación para producir calor y electricidad. El resto del NFU contiene un residuo carbonoso (negro de humo) y el acero que no sufre ningún cambio. Esos subproductos se podrían reciclar en diversos usos industriales.
Así, explican los ecologistas que la tecnología de la pirólisis es una variante de la incineración y, técnica y jurídicamente, se engloba en el concepto de incineración de residuos, “a pesar de que los promotores nieguen que la instalación tenga que ver con la incineración, pues la promocionan como una planta de reciclaje. La pirólisis es una tecnología no madura, que se ha implantado en algunos proyectos en Europa que no han pasado de la fase de investigación y experimentación, pues no existe ninguna instalación industrial a gran escala. De hecho uno de los socios de Life for Tyres SL es una mercantil eslovena-italiana denominada L4T, con escasa experiencia en el sector, que solamente gestiona una planta piloto de pirólisis de NFU en Faenza, en Italia”.
Ecologistas en Acción ha interpuesto, en el plazo reglamentario, un recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural contra esa resolución de autorización de esa instalación de pirólisis de NFU en Puertollano. Los fundamentos jurídicos del recurso de alzada interpuesto por Ecologistas en Acción-Valle de Alcudia son fundamentalmente dos: esa instalación precisa de una Autorización Ambiental Integrada (AAI), según el Real Decreto Legislativo 1/2016 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención y control integrados de la contaminación, y la autorización concedida a la mercantil no incluye la preceptiva autorización de emisiones a la atmósfera preceptiva según la Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Al no exigir la AAI a los promotores la Junta de Castilla – La Mancha “se ha evitado el preceptivo trámite de infromación pública, en el que la ciudadanía pudiera intervenir y se ha hurtado ese proceso de participación pública exigido por la normativa vigente y por el Convenio Internacional de Aahrus firmado por el Reino de España y que regula el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente.”
Al no incluir la autorización de emisiones a la atmósfera, dicen desde EA Valle de Alcudia, no se imponen valores límite de emisión de los contaminantes que sin duda se emitirían, como los óxidos de nitrógeno, óxido de azufre, el dióxido de carbono, metales pesados (especialmente el cinc, principal metal presente en los NFU en forma de óxido de cinc), hidrocarburos aromáticos policíclicos o dioxinas y furanos, entre otros. Algunos de esos contaminantes son muy peligrosos para la salud pública y otros contribuyen al cambio climático.