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Necesidad del Informe de Cultura para los Jardines del Prado

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Se discute en diversos medios sobre la necesidad de que las obras que el Ayuntamiento de Ciudad Real quiere realizar en el Prado deben tener o no el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico. Unas breves aclaraciones legales sobre el tema.

La Ley de Patrimonio Histórico Español (Ley 16/85) dice en su artículo 19 dice: En los Monumentos declarados Bienes de Interés Cultural no podrá realizarse obra interior o exterior que afecte directamente al inmueble o a cualquiera de sus partes integrantes o pertenencias sin autorización expresa de los Organismos competentes para la ejecución de esta Ley. Será preceptiva la misma autorización para colocar en la fachada o cubiertas cualquier clase de rótulo, señal o símbolo, así como para realizar obras en el entorno afectado por la declaración”.

La catedral de Ciudad Real está declarada Bien de Interés Cultural y tiene definido un entorno de protección que se delimitó en la aprobación del Plan general de Ordenación Urbana de Ciudad Real, cuyo plano adjunto. El Prado es entorno de la catedral y por tanto toda obra que se realice en el mismo requiere informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico.

El artículo 23 de la Ley aclara aún más este extremo: “No podrán otorgarse licencias para la realización de obras que conforme a lo previsto en la presente Ley requieran cualquier autorización administrativa, hasta que esta haya sido concedida.

La obras realizadas sin cumplir con lo establecido en el apartado anterior serán ilegales y los ayuntamientos o, en su caso, la Administración competente en materia del Patrimonio Histórico Español podrá ordenar su reconstrucción o demolición con cargo al responsable de la infracción en los términos previstos por la legislación vigente”.

Es decir, las obras que el Ayuntamiento de Ciudad Real quiere llevar a cabo en los Jardines del Prado necesitan autorización previa de la Comisión del Patrimonio Histórico de Ciudad Real. Y si las obras se realizasen sin esa autorización previa serán ilegales y se debe ordenar su reconstrucción o demolición con cargo al responsable de las mismas.

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