El nuevo Bono Social Eléctrico ya ha entrado en vigor. Según ha explicado en Radio Daimiel la técnico de la OMIC, Gema Valiente, entre las novedades incorporadas está la creación de tres tipos de categorías de beneficiarios con diferentes requisitos de acceso. El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es el indicador básico que se usará para determinar los umbrales de renta de las diferentes categorías.
De esta manera, se establecen como consumidores vulnerables a las unidades familiares sin menores que tengan una renta anual inferior o igual a 1,5 veces el IPREM (14 pagas). El en caso de que haya un menor, los ingresos no podrán superar dos veces ese indicador. En el caso de hogares con dos menores, el límite se fija en 2,5 veces el IPREM.
Para los niveles de renta inferiores, el nuevo bono recoge una nueva categoría, la de hogares vulnerables severos, cuyo umbral es el 50% de los límites establecidos para cada una de las anteriores categorías.
Además, se establece una tercera categoría, la de consumidores en riesgo de exclusión social, que, además de tener rentas por debajo del umbral fijado para los severos, son atendidos por los servicios sociales de su comunidad autónoma y ésta les paga al menos el 50 % del importe de su factura. A estos no se les podrá cortar la luz en caso de impago y para ello la nueva regulación establece un mecanismo por el que las comercializadoras de electricidad tendrán que hacer una aportación financiera adicional, asumiendo el resto del recibo que no cubre la comunidad autónoma.
Siguen siendo beneficiarios del bono social como hasta ahora las familias numerosas sin límite de renta, aunque serán considerados consumidores vulnerables severos solo si su renta anual es menor o igual a 2 veces el IPREM. También lo hogares con todos los integrantes pensionistas que perciban la cuantía mínima vigente (si no superan el IPREM serán considerados hogares vulnerables severos). En todos los casos, en hogares con colectivos especiales (discapacidad superior al 33%, víctimas de terrorismo o violencia de género), el punto de corte se amplía en 0,5 veces el IPREM.
Asimismo, Valiente recordaba que es necesario tener contratado el servicio de electricidad con una comercializadora de referencia, cuyo precio está regulado por el Gobierno, según explicaba Gema Valiente. También es imprescindible tener contratado menos de 10 kw de potencia.
Descuentos
El bono social supone descuento del 25% de la factura de electricidad, que sube hasta el 40% en el caso de los consumidores vulnerables severos. Los consumidores identificados como en riesgo de exclusión social tendrán la factura gratuita. Este descuento del bono social solo será aplicable a un consumo mensual básico que se asignará a cada tipo de hogar: el exceso sobre esa cifra se factura a un precio normal.
Aquellos consumidores que actualmente ya disponen del bono social lo podrán mantener durante seis meses sin necesidad de renovación. Para solicitarlo, los consumidores podrán presentar la solicitud y la documentación acreditativa a través de los medios que disponga la empresa comercializadora. Cabe reseñar que es preciso renovarlo cada dos años, presentando una nueva solicitud ante la comercializadora. Tan solo las familias numerosas podrán disfrutarlo sin necesidad de renovarlo mientras gocen de esa consideración.