Belén Rodríguez
Ciudad Real
El Instituto de Resolución de Conflictos de la Universidad de Castilla-La Mancha y la Cámara de Comercio de Ciudad Real se han adelantado a la reciente ley regional que regula la Mediación Social y Familiar, un método extrajudicial a la resolución de casi cualquier problema, para formar a los primeros profesionales que podrán ejercer una actividad todavía por despegar en Castilla-La Mancha, y a la que el director del Instituto de Resolución de Conflictos, decano de la Facultad de Derecho y coodirector del curso, Juan Ramón de Páramo, augura “un gran futuro”.
Un mediador competente, como la veintena de profesionales a los que se ha acreditado con este postgrado de un semestre (el próximo viernes recibirán sus diplomas), puede ayudar a que personas que llevan pleiteando años en los juzgados por herencias, la colocación de un toldo en su bloque o el régimen de visita de los hijos en casos de divorcio, por poner algunos ejemplos, sean capaces de dialogar y sellar un acuerdo en unas pocas sesiones de mediación, de forma más barata, rápida y eficaz.
La de mediador, una figura que se crea para dar cumplimiento a la ley de febrero de este año no es una profesión independiente, pero sí una actividad profesional que complementa otras, como la abogacía, de hecho muchos de los alumnos tienen estudios de Derecho o son abogados en ejercicio (el Colegio de Abogados también colabora). Es el caso de Cati León y Carmen Daimiel, abogadas y mediadoras, actividades “compatibles”, defienden al unísono, que en su opinión y la de Juan Ramón de Páramo no deberían suscitar recelos entre el colectivo. Eso sí, León y Daimiel han aprendido que para mediar o “comediar” (intervención de dos mediadores) hay que dejar al margen el chip de abogado, “hay que poner en práctica otra serie de habilidades y aplicar otras herramientas; se nos ha preparado para ser capaces de restablecer una comunicación que antes no existía”, señala León.
“Muchos compañeros me dicen que eso de mediar lo hago yo todos los días en el despacho, hay desconocimiento de lo que es la mediación”, interviene Carmen Daimiel, “eso que se hace en los despachos de abogados, que también hemos hecho nosotras, no tiene nada que ver con mediar. Como bien dice Juan Ramón hay que desarrollar técnicas e instrumentos, sin que las partes se den cuenta de que estas generando una comunicación. Se trata de generar empatía, lo otro es negociar. Mediar es diferente, no es tan sencillo”.
El coodirector del curso incide en lo que marca la diferencia en este mecanismo alternativo a la vía judicial: la formación, “la gente cree que con cursos breves, con introducciones de veinte horas uno se puede acreditar como mediador. La ley establece un requisito mínimo de 80 horas de formación, pero nosotros hemos hecho un curso intentando que vinieran profesionales de toda España con mucha experiencia. Empezamos en octubre y terminamos en febrero, llevamos un semestre de clases diversas y con participación plural y de procedencia diferente”. De hecho el Instituto de Resolución de Conflictos de la Universidad regional está acreditado como entidad formadora de mediadores y de especialistas, y a esta primera promoción seguirán otras.
¿A un mediador se puede ir con cualquier problema?, Páramo asegura que casi sí, “es verdad que hay conflictos como los de familia en los que conviene e interesa muchísimo. No siempre una sentencia te da la solución, y por otro lado a nivel personal del juzgado se sale a veces con mala sensación, como de no haberse expresado de forma clara, por no hablar de los costes”.
El mecanismo de la mediación
El proceso de mediación es simple sobre el papel. El interesado en la mediación contacta con el mediador (debe estar debidamente acreditado para ejercer como tal) que a su vez contacta con las partes en conflicto.
Todo comienza con la redacción de un acta inicial en la que las partes firman que aceptan el intento, el número de las sesiones y el coste.
Al final de las reuniones, “abiertas y más flexibles”, remarcan Cati León y Carmen Daimiel, se firma un acta final de mediación, tanto si hay acuerdo como si no. Si hay acuerdo se refleja en ese documento que no tiene porque tener una forma jurídica: son las partes las que luego se encargan de plasmar en escritura pública o dumento judicial lo que decidan.
El Gobierno de Castilla-La Mancha aprobó a mediados de febrero por unanimidad la Ley de Mediación Social y Familiar. Según el decano de la Facultad de Derecho, Juan Ramón de Páramo, falta un reglamento que desarrolle la ley “que establezca las normas que posibiliten la mediación y que den cierta seguridad a esas personas que van a ella, para que sepan quién está inscrito y acreditado en el registro de mediadores y quién no”, “este tipo de resolución debe regularse con la misma minuciosidad que los procesos civiles y penales”.