Tras los recursos presentados por PSOE y Unidas Podemos la Junta Electoral de Ciudad Real ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por sendas formaciones políticas. Tras el examen del expediente remitido, no consta que se hubiese seguido los trámites previstos en el art. 77 siguientes de la Ley de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, en especial al trámite de práctica de prueba, propuesta de sanción y traslado a las partes para alegaciones, que entienden le ha podido causar indefensión, estimando en consecuencia, que el acuerdo adoptado en cuanto a la imposición de las sanciones pecuniarias es nulo, por lo que procede dejar sin efecto las sanciones impuestas.
No obstante, según expone la Junta Electoral de Ciudad Real, dados los requerimientos que el acuerdo se recogen, en lo relativo a que procedan a la retirada de los carteles de propaganda electoral, así como que se abstenga en lo sucesivo de la colocación de carteles en lugares no habilitado para ello, estiman que tales pronunciamientos han de mantenerse para no tener carácter sancionador y dictado en el ámbito de las competencias de la Junta Electoral de Zona.
La sanción que había impuesto la Junta Electoral de Zona de Puertollano-Almadén era de mil euros al PSOE y otros mil euros a Unidas Podemos, con motivo de la utilización de espacios públicos y mobiliario urbano no autorizado para la fijación de carteles electorales.