La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ha publicado este miércoles una Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha por la que se regula el procedimiento para la selección de entidades agrarias colaboradoras para la captura, registro, seguimiento, corrección y recepción de las notificaciones administrativas de la solicitud única, solicitudes de cesión de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, alegaciones al Sigpac, solicitudes de inscripción y actualización en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias y ayudas al establecimiento de jóvenes a la agricultura y a inversiones para la modernización y/o mejora en explotaciones agrícolas y ganaderas, a partir de 2024, que entrará en vigos a partir de este jueves.
La orden tiene como objeto establecer los requisitos y procedimiento para seleccionar las entidades que podrán acceder a la condición de Entidad Agraria Colaboradora (EAC) reconocida por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para que actúen por cuenta y nombre de las personas que ejerzan la actividad agraria, obtengan el apoderamiento de estas para la captura, registro, seguimiento, corrección y notificación administrativa ante el Organismo pagador de los Fondos Europeos Agrícolas de Castilla-La Mancha
Además, incorpora una modificación para adaptarse a la actualización del registro, ya que el general de la producción agraria (Regepa) se ha sustituido por el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias (REA). Así, los titulares que estuvieran dados de alta en el Regepa, también serán dados de alta de oficio en el REA. Asímismo, los titulares que presentaron en 2023 la solicitud única de ayudas de la PAC, se les dará de alta de oficio en el REA. No obstante lo anterior, los titulares podrán notificar en cualquier momento del año el alta, baja o modificación de los datos de su explotación agraria al REA y al menos una vez al año deberá revisar y confirmar dicha información.
A tal efecto, por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, se establecerá, para cada campaña, el modelo de solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha, su forma y plazo de presentación, entre la que figurará expresamente que se podrá presentar mediante las entidades agrarias reconocidas, estableciéndose de este modo instrumentos de colaboración que permitan poner a disposición del sector agrario los mecanismos y puntos de captura, registro, seguimiento y corrección de las solicitudes de ayuda.
Podrán obtener la condición de Entidad Agraria Colaboradora, las Entidades de Crédito (Bancos, Cajas Rurales o Cooperativas de Crédito), las Organizaciones Profesionales Agrarias con implantación en esta comunidad autónoma y las Organizaciones de Productores, Cooperativas Agrarias, las personas físicas o jurídicas dedicadas a prestar servicios técnicos de ingeniería agraria y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico agrario, Sociedades Agrarias de Transformación u otras entidades asociativas agrarias.