Según precisa el DOCM en su edición de este viernes y recoge Europa Press, se autorizan velatorios de fallecidos por cualquier causa con un límite máximo de 50 personas al aire libre y 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
Del mismo modo, se autorizan comitivas para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.