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Educación establece los servicios esenciales en los centros públicos de enseñanza no universitaria de cara a la huelga del 8-M

ZZ AULA
Aula de un colegio
Lanza / TOLEDO
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha establecido los servicios mínimos para garantizar los servicios esenciales en centros de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos en la comunidad autónoma afectados por la huelga del 8 de Marzo.

En la Resolución de dicha consejería, que publica este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, alega que el establecimiento de los servicios mínimos se justifica con base al derecho a la educación del alumnado; el derecho de los padres del alumnado menor de edad al ejercicio de su actividad laboral, al coincidir la jornada de huelga con un día laborable y el derecho al trabajo del personal de los centros docentes que no secunde la huelga.

En todos los centros tendrá que haber director, como responsable de personal y en el caso de que exista comedor escolar (incluidas residencias escolares), tendrá que haber un cocinero o ayudante de cocina por turno, por considerar que es el personal imprescindible para garantizar la manutención del alumnado.

La estimación de efectivos de profesorado en los centros públicos son de 25 en el segundo ciclo de Educación Infantil y de 1º y 2º Educación Primaria; de 28 para 3º y 4º, y de 30 para los cursos de 5º y 6º.

Para Educación Secundaria Obligatoria se ha establecido 30 para 1º/2º; 35 para 3º/4º; 25 para Formación Profesional Básica; 15 en PMAR; 40 en Bachillerato y 35 en Formación Profesional.

En el establecimiento de los servicios mínimos, se ha priorizado la figura del jefe/a de estudios sobre el resto de docentes del centro por tener entre sus funciones colaborar con el director/a en las tareas precisas para garantizar la convivencia en el centro, así como para la organización del profesorado que asista al trabajo para atender al alumnado.

En caso de las escuelas infantiles, la edad del alumnado escolarizado en estos centros, entre 0 y 3 años, exige unos servicios mínimos que permitan garantizar una atención permanente y especial, teniendo en cuenta la distinta ratio profesor/alumno de los cursos. La ratio por curso fijada para los servicios mínimos multiplica por 2,5 la ratio máxima legal, fijada en 8,13 y 20 alumnos por curso.

En todas las rutas de transporte escolar de centros públicos (expedición de ida y de regreso) que dispongan de acompañante y que transporten alumnado de Educación Especial, 2º Ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, se mantendrá esta figura.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde este viernes.

Huelga

La resolución que publica este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, explica que mientras la Confederación Intersindical y CCOO han convocado huelga con una duración de 24 horas –desde las 00.00 horas y finalizando a las 24 horas–; la Unión General de Trabajadores ha convocado al menos durante dos horas en cada uno de los turnos de trabajo del referido día, que será de 12.00 a 14.00 horas y 16.00 a 18.00 horas. Para las jornadas continuadas en turno de noche se hará, al menos, durante las dos primeras horas del turno nocturno.

En otro sentido, la organización sindical CSIF ha convocado huelga general de una hora en cada uno de los turnos de trabajo del día 8, que se realizarán de 12.00 a 13.00 horas, de 15.00 a 16.00 horas y de 22.00 a 23.00 horas.

Residencias universitarias

De igual modo, el departamento que dirige Ángel Felpeto ha dictado, por medio de una resolución publicada en el DOCM, que recoge Europa Press, los servicios mínimos con motivo de la huelga convocada para el 8 de Marzo en los centros de gestión indirecta de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

Así, en las residencias universitarias con servicio de comedor tendrá que haber un director o responsable de centro por provincia, un cocinero o ayudante de cocina, un personal de limpieza y un ordenanza.

En el caso de las residencias universitarias sin servicio de comedor tendrán un director o responsable de centro por provincia y un ordenanza.

La designación de los trabajadores que deben prestar los servicios mínimos que se establecen en esta resolución corresponderá a las personas titulares o responsables de las empresas adjudicatarias de los respectivos servicios en los diferentes centros de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde este viernes.

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