El estado de alarma decretado por la crisis del coronavirus ha generado un mar de dudas entre padres separados y divorciados en torno al régimen de visitas y la custodia compartida. El real decreto permite la circulación de los menores en casos de custodia compartida, sin embargo, jueces y expertos de toda España no llegan a un acuerdo.
La “salud pública” está por encima de todo, destacan Elena Gómez Heredia y Luis del Valle, pero la situación es excepcional y no existe jurisprudencia dentro del derecho de familia. Las interpretaciones son tan dispares que van desde los Jueces de Familia de Barcelona, que no contemplan los traslados de menores, a los juzgados de Valladolid o Zaragoza que solo suspenden las visitas intersemanales.
Dos abogados ciudarrealeños, expertos en derecho de familia, tratan de dar respuesta a las numerosas consultas que han realizado los progenitores en los últimos días. Cabe destacar que hasta el momento no ha existido un pronunciamiento judicial que unifique el criterio en la provincia de Ciudad Real. Dan dos opciones diferentes, aunque ambos apelan al “sentido común” y destacan que lo primordial es la salud general.
Elena Gómez Heredia: “la prohibición de no salir a la calle es para toda la población y no excluye a los menores”
Abogada del Centro de la Mujer de Ciudad Real, Elena Gómez Heredia, considera que “la salud general es el bien jurídico a proteger y también afecta a los niños”, por lo que, “si se pretende el confinamiento de todas las personas, excepto excepciones, para evitar la propagación el virus, el derecho de los padres a mantener el régimen de visitas no debe de estar por encima”.
En la línea de lo que han expresado los Jueces de Familia de Barcelona, la abogada considera que “la prohibición de no salir a la calle es para toda la población y no excluye a los menores, más cuando son los más vulnerables”. A juicio, es de sentido común que en caso de custodia compartida los niños se queden con el progenitor que los tenía en ese momento hasta el final del estado de alarma.
“Es una situación temporal, primero fue de 15 días y luego de 1 mes, por lo que ya habrá forma y tiempo de recuperar estos días”, comenta Elena Gómez Heredia. La presidenta de la Comisión del Turno de Oficio del Colegio de Abogados de Ciudad Real considera que además “hay que tener en cuenta que los niños están en casa, perfectamente localizados y se puede favorecer la comunicación con el otro progenitor por vías telemáticas”, como a través de Skype o Whatsapp.
En los intercambios hay “peligro potencial de contagio”
Con respecto a los padres que tienen marcado un régimen de visitas, la abogada defiende que “se recuperen más tarde”. Gómez Heredia considera que el estado de alarma es una situación “temporal”, que puede afectar a tan solo dos fines de semana de un mes, por lo que “ya llegará el momento en el que todo se normalice”.
Tras hacer referencia al “peligro potencial de contagio” que puede suponer mover a los menores de sitio, Elena Gómez Heredia insiste en que “solo en caso justificadísimo se debería permitir el traslado de menores”, como en el caso del resto de las personas. “No tiene sentido que se aísle a la población y haya excepciones con los menores”, reitera la abogada.
A nivel personal, la abogada reconoce que lleva bien el encierro, porque sabe que “es una obligación” y que “está por encima el interés de todos”. Espera que la situación termine “cuanto antes”, mientras sigue enfrascada en el teletrabajo, tanto el que genera el Centro de la Mujer de Ciudad Real como su despacho. Con sus clientes mantiene “una comunicación fluida”.
Luis del Valle: “Si tomamos las máximas precauciones… podremos llevar a cabo el régimen de visitas”
Una posición más flexible mantiene Luis del Valle, que defiende mantener el régimen de visitas siempre que “los progenitores no tengan contacto con terceros”. El abogado recomienda utilizar las vías telemáticas, a través de diferentes aplicaciones de videollamadas, y mantener contacto personal siempre que los padres se comprometan a no tener contacto con otras personas.
“Si tomamos las máximas precauciones sanitarias para evitar contagios y somos muy prudentes, podremos llevar a cabo el régimen de visitas”, afirma Luis del Valle, que insiste en que entre los progenitores tiene que imperar el sentido común desde el punto de vista de la seguridad y la protección de la salud de los menores y de los mayores que estarán en contacto.
El valor prioritario es la salud de las personas, aunque Valle destaca que en este caso supone la suspensión del ejercicio del derecho de sus padres a estar con sus hijos. Por eso, antes de llegar a la “medida extrema” de eliminar los intercambios, el abogado apela al “aislamiento del núcleo familiar” para evitar riesgos. Algunos de sus clientes han adoptado esta opción.
En caso de realizar intercambios, la recomendación es que el desplazamiento de los niños se realice entre domicilios y sin parada. Además, el intercambio tendrá que ser con las máximas medidas de seguridad sanitaria, con guantes y ropa limpia para evitar riesgos para la salud de los hijos, los progenitores y terceros.
Acudir a los juzgados “no tiene sentido” en estos momentos
Los abogados coinciden en llegar al mejor acuerdo posible entre las partes a través del consenso, ya que acudir en estos momentos a los juzgados “no tiene sentido”. Los juzgados están prácticamente paralizados, por lo que la resolución llegará tarde, cuando termine el estado de alarma. Ahora mismo, por el Código Civil no se van a tramitar medidas cautelares, y el asunto está despenalizado.