Como más modificaciones, se delega en los ayuntamientos o empresas funerarias la labor de controlar el cumplimiento de normas sanitarias, garantizar que se respeta la distancia de dos metros y asegurarse de que los asistentes llevan la mascarilla.
También serán los encargados de prohibir la manipulación por parte de las visitas de elementos ornamentales de fosas y nichos tales como floreros, fotografías, esculturas u objetos similares.