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26 abril 2024
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El Ministerio de Agricultura emite una orden “sin precedentes” para limitar el movimiento de ganado bovino en Castilla y León

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Se busca evitar poner en riesgo el estatus sanitario de la cabaña ganadera española y comunitaria / E. P.
Lanza / VALLADOLID
Para impedir la dispersión de tuberculosis bovina tras la resolución de la Junta que fija “un marco normativo más laxo contraviniendo la legislación europea”

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado la orden que limita el movimiento del ganado bovino en Castilla y León desde este lunes 29 de mayo para evitar poner en riesgo el estatus sanitario de la cabaña ganadera española y comunitaria.

La orden ministerial “sin precedentes” que se mantendrá vigente durante “el tiempo necesario” hasta que la Junta derogue la resolución y restablezca el cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional establece “medidas urgentes e inmediatas” para impedir el riesgo de dispersión de tuberculosis bovina fuera del territorio de Castilla y León.

Según explicaron fuentes ministeriales, esta orden es una “firme respuesta” ante la “gravedad de las consecuencias” que supone, a su juicio, la resolución publicada el pasado 15 de mayo por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, gestionada por Vox, que, según asegura el Gobierno central, “incumple gravemente la normativa comunitaria y española en materia de erradicación y control de la tuberculosis bovina (complejo mycobacterium tuberculosis)”.

Además de esta orden, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación presentó el pasado 23 de mayo un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León contra la resolución autonómica “por fijar un marco normativo más laxo que contraviene la legislación europea y frente al inevitable riesgo de dispersión de la enfermedad a nuevas zonas, explotaciones y animales”.
El Ministerio asegura que la aplicación de la resolución de Castilla y León pone en riesgo de contagio a las explotaciones libres de tuberculosis de Castilla y León (ubicadas en las provincias de Valladolid, León y Burgos, declaradas oficialmente libres de infección de tuberculosis bovina por la CE) “y a las del resto del territorio de España y de la UE”.

Según informaron las mismas fuentes, de forma adicional la Comisión Europea, tras tener conocimiento de la resolución autonómica, ha urgido al Gobierno de España a tomar medidas “para poner coto a la propagación de la tuberculosis bovina”.

Desde el Departamento que dirige Luis Planas aseguran que la resolución autonómica establece una “reducción unilateral” de los controles y requisitos para la concesión, mantenimiento, suspensión, retirada y recuperación del estatus de explotación libre de tuberculosis bovina y permite movimientos de animales “expresamente prohibidos” al eximir a las explotaciones de las pruebas de movimiento obligatorias para evitar que la enfermedad se propague.

A esto añade que se permiten salidas desde explotaciones con la calificación sanitaria suspendida o retirada, según la normativa comunitaria, a explotaciones calificadas como libres de la enfermedad y que se relajan los requisitos de las explotaciones afectadas por esta enfermedad animal infecciosa para la obtención de la calificación sanitaria de libre de tuberculosis bovina.

De este modo, para adaptar las medidas adoptadas al riesgo derivado de la aplicación de la resolución, “sólo se permitirán los movimientos de bovinos fuera de Castilla y León si su destino directo es el sacrificio en matadero o, si el destino es distinto de un matadero, sólo se permitirá el movimiento a cebaderos bajo estrictos requisitos de sanidad tanto de los animales como de las explotaciones de origen”.

Las provincias de Burgos, León y Valladolid, que ya han sido valoradas de forma favorable por la Comisión Europea como territorios libres de tuberculosis, quedan excluidas de la aplicación de estas medidas y los movimientos desde las restantes provincias de Castilla y León a estas tres provincias quedan sujetos a los mismos requisitos que los movimientos con destino al resto de comunidades autónomas.

Desde el Ministerio recuerdan que los titulares de explotación, los responsables de los animales y las autoridades competentes de Castilla y León están obligadas a dar cumplimiento a la orden publicada este lunes y advierten de que están sujetas las infracciones a las sanciones establecidas en la Ley 8/2003 de sanidad animal.

El Ministerio recuerda también que Castilla y León cuenta con el mayor censo de bovinos de España y que la mayor parte de esa cabaña está situada en zonas de especial incidencia de tuberculosis bovina y precisa que desde esta comunidad autónoma se producen diariamente “una gran cantidad de movimientos de animales, además en Salamanca se encuentra uno de los Mercados Nacionales más importantes del país”, circunstancias que, debido a la reciente orden de la Junta “incrementa el riesgo de difusión de la enfermedad, con consecuencias irreversibles para el nivel sanitario y la salud pública de Castilla y León, pero también de otras comunidades autónomas y otros países de la Unión Europea”.

La tuberculosis bovina (Complejo mycobacterium tuberculosis) es una enfermedad transmisible de los animales que, según la Comisión Europea, debe ser controlada en todos los Estados miembros para lograr su erradicación. Es, además, una enfermedad zoonótica, transmisible al ser humano “y, por tanto, un problema de salud pública”, insisten las mismas fuentes.

En España, las zonas oficialmente libres de la tuberculosis bovina son Asturias, Canarias, Galicia, Islas Baleares, Cataluña, Murcia y País Vasco, ya las que recientemente se han añadido las provincias de Valladolid, Burgos y León, mientras que las restantes comunidades autónomas, entre ellas, Castilla y León tienen un programa de erradicación de la infección que es obligatorio de acuerdo con la normativa europea.

Castilla y León dispone de un programa regional incluido en el programa nacional de erradicación 2022-2030 aprobado mediante un reglamento europeo y que es de obligado cumplimiento.

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