La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, ha decretado medidas de contención del COVID-19 para todas las localidades que dependen del Hospital General Universitario de Ciudad Real, y por tanto, pertenecen a la Gerencia del Área Integrada de Ciudad Real, lo que implica, aproximadamente, a unos 210.000 habitantes, ante el aumento preocupante de casos de coronavirus en toda la comarca.
De este modo, todas las localidades que dependan de los centros de salud de Abenójar, Agudo, Alcoba de los Montes, Almagro, Calzada de Calatrava, Carrión de Calatrava, Ciudad Real 1, Ciudad Real 2, Ciudad Real 3, Corral de Calatrava, Daimiel 1, Daimiel 2, Malagón, Miguelturra, Piedrabuena, Porzuna, Retuerta del Bullaque, Villarrubia de los Ojos y Bolaños de Calatrava.
Hasta ahora, la Consejería de Sanidad había aplicado medidas especiales a las localidades de Alcázar de San Juan, Campo de Criptana y Herencia, todas ellas pertenecientes al área sanitaria de Alcázar de San Juan, mientras que en el área sanitaria de Ciudad Real se había aplicado medidas en Alcoba de los Montes, Villarrubia de los Ojos, Carrión de Calatrava y Ciudad Real. Ahora, tras la decisión de la Consejería de Sanidad, el resto de localidades pertenecientes a este área también tendrán que someterse a estas medidas especiales durante, al menos, 14 días.
Medidas a aplicar
Entre las medidas a adoptar en todas las localidades que integran la gerencia de atención integrada de Ciudad Real, figura que en bares, restaurantes y establecimientos de hostelería el aforo se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local. Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75& del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Se suspende cautelarmente la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas. También se suprimen visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Tampoco se permitirán salidas de residentes de estos centros salvo razones de fuerza mayor y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado el COVID-19 en el plazo de los seis meses previos no precisarán de dicho aislamiento preventivo. A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas, se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Así mismo, se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres a un máximo de diez, mientras que el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos se limita a un máximo de 25.
Otras medidas complementarias
Además de las mencionadas anteriormente, se suspenden los eventos deportivos con asistencia de público promovidos por ayuntamientos, asociaciones, peñas o particulares.
Se establece un aforo máximo del 50% en cines, teatros y auditorios, lo mismo ocurre con el aforo de bibliotecas, museos y visitas a monumentos.
Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
Podrán llevar a cabo su actividad mercadillos y mercados al aire libre, con un máximo del 30% de los puestos habitualmente autorizados, mientras que los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%.
Por último, desde Sanidad recomiendan a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable, además que éstos se limiten a un máximo de diez personas.
14 o 28 días de aplicación
Todas estas medidas, que tendrán que ser ratificadas por un juez en las próximas horas, tendrán una duración de 14 días, pudiendo prorrorgarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad en la zona afectada.