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29 abril 2024
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Convocadas las bases para ayudas al sector de la hostelería de Valdepeñas

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Ayuntamiento de Valdepeñas / Elena Rosa
Graci Galán / VALDEPEÑAS
Estas ayudas cuentan con una partida presupuestaria de 150.000 euros para paliar las pérdidas sufridas por los hosteleros ubicados en el municipio de Valdepeñas al quedar suspendida o gravemente afectada su actividad a consecuencia de la declaración del estado de alarma

La concejalía de desarrollo empresarial de Valdepeñas ha convocado las ayudas destinadas al sector de la hostelería. Serán concesión directa que el Ayuntamiento de Valdepeñas otorga al sector hostelero y de restauración y cuya actividad fue afectada por las medidas administrativas adoptadas para paliar los efectos del SARS-COV-2.

Estas ayudas se concederán de forma directa, en aplicación de los artículos 22.2c) y 28, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por concurrir razones de interés público, económico y social y la finalidad de las misma será paliar la situación de pérdida económica derivada de la suspensión de actividad de los establecimientos de hostelería y restauración decretada en un contexto de dificultad sobrevenido, y contribuir al mantenimiento de su actividad en el municipio de Valdepeñas.

Por ello, se tendrá en cuenta para el acceso a esta concesión que la actividad económica objeto de la misma se estuviese prestando antes de la declaración del 2º Estado de Alarma (25 de octubre de 2020) y que se mantenga como mínimo hasta la fecha de presentación de la solicitud.

Crédito presupuestario

El Ayuntamiento de Valdepeñas destinará durante el ejercicio 2021 la cuantía de 150.000,00 euros del vigente Presupuesto municipal para las dotaciones económicas de estas ayudas y podrán ser beneficiarias la personas físicas (autónomas), los socios de comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, y las personas jurídicas legalmente constituidas que lleven a cabo, en un local o establecimiento ubicado en el municipio de Valdepeñas, alguna de las actividades de servicio de restaurantes, cafeterías, bares de categoría especial, otros cafés y bares, servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar que se presten en sociedades, círculos, casinos, clubes y establecimientos análogos, servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar establecidos en teatros y demás espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo, excepto los bailes y similares, servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, situados en mercados o plazas de abastos, al aire libre en la vía pública o jardines, servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías, hospedajes en  hoteles y moteles, pensiones y hostales, en fondas y casa de huéspedes y hoteles-apartamentos.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas económicas estarán destinadas a subvencionar parcialmente las pérdidas sufridas por los hosteleros ubicados en el municipio de Valdepeñas, cuyas actividades quedaron suspendidas o gravemente afectadas a consecuencia de la declaración del estado de alarma, siempre y cuando cumplan los requisitos para ser beneficiarios.

Se concederá una cantidad fija de 250,00 € por beneficiario, además de una subvención complementaria de 50,00 € por cada trabajador que la empresa tuviera contratado por cuenta ajena a tiempo completo en la fecha en la que se produjo el estado de alarma (25 de octubre de 2020) y lo mantuviera a fecha de presentación de la solicitud, aunque estuviera en ERTE, hasta un máximo de 10 trabajadores.

En el supuesto de socios integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, el importe establecido es para el conjunto de la comunidad o sociedad y solo podrá concederse a uno de los socios.

La concesión de estas subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento en el que se dicte la resolución de concesión.

Solicitudes

Así pues, las solicitudes se presentarán de forma telemática mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valdepeñas alojada en la web www.valdepenas.es debidamente firmado de forma electrónica, que quedará anotado en el registro electrónico. Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la ayuda se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica.

Las solicitudes también podrán presentarse mediante cualquiera de las formas autorizadas por la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, según el modelo adjunto en las bases (Anexo I), debiendo completar todos los campos incluidos en la solicitud.

No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos a los anteriormente señalados, resolviéndose la inadmisión de las mismas, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.

Publicación de las ayudas y plazo de presentación

Las bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real y la convocatoria se publicará y se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones según lo dispuesto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real.

Tanto las presentes bases así como la Convocatoria y los anexos, se podrán consultar en la página www.valdepenas.es

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos que se contemplan además de otros documentos requeridos.

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