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28 abril 2024
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“La madurez de la sociedad y la empatía hacia las personas que sufren han hecho posible el derecho individual que otorga la Ley de Eutanasia”

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Mano de un enfermo con vía subcutánea en una cama de UCI – EP
Juan Carlos Chinchilla / CIUDAD REAL
La directora general de Humanización y Atención Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, María Teresa Marín, relata la labor realizada por la Consejería de Sanidad para el desarrollo de esta nueva prestación sanitaria. Subrayó que el proceso es muy garantista, tanto para solicitante como para profesionales sanitarios que intervienen. Para acogerse a la prestación que recoge la ley, el paciente deberá confirmar su voluntad al menos cuatro veces a lo largo del proceso.

“La sociedad está madura, lo está demostrando, y la Ley de Eutanasia hace posible un nuevo derecho en unos supuestos de salud muy bien establecidos por la norma”. La directora general de Humanización y Atención Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, María Teresa Marín, ha sido una de los representantes de la Consejería de Sanidad que ha trabajado en los últimos meses en el desarrollo autonómico de la una Ley de Eutanasia que entró en vigor el pasado 25 de junio.

Podrán optar a la eutanasia las personas sometidas a un sufrimiento físico o psíquico considerado intolerable por padecer una enfermedad grave e incurable con un pronóstico de vida limitado o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, sin posibilidad de curación o mejoría apreciable.

Además la norma establece que puede ser solicitada por cualquier persona mayor de edad y en plena capacidad de obrar y decidir, siempre que lo haga de forma autónoma, consciente e informada. Debe tener la nacionalidad española, residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses.

En el caso de que el paciente no se encuentre en el pleno uso de sus facultades ni pueda prestar su conformidad libre, voluntaria y consciente debe haber suscrito con anterioridad un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos.

Proceso garantista

Como explica María Teresa Marín el proceso es muy garantista, tanto para solicitante como para profesionales sanitarios que intervienen. Para acogerse a la prestación que recoge la ley, el paciente deberá confirmar su voluntad al menos cuatro veces a lo largo del proceso.

El paciente debe formular dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, dejando una separación de al menos quince días entre ambas, aunque el médico puede acortar ese plazo si cree que existe un riesgo inminente de pérdida de la capacidad del enfermo para otorgar el consentimiento informado.

El solicitante de la prestación de ayuda para morir podrá revocar su solicitud en cualquier momento o pedir su aplazamiento. Una vez recibida la primera solicitud, el médico responsable realizará con el paciente un proceso deliberativo sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, análisis que se repetirá tras la segunda solicitud. Después se volverá a preguntar a la persona si desea desistir o continuar. Si mantiene la solicitud, el médico responsable deberá consultar el caso con un “médico consultor”, que tendrá un plazo de diez días para corroborar el cumplimiento de las condiciones.

Profesionales

En la fase de preparación de la nueva prestación, la Consejería de Sanidad constituyó el 24 de marzo un grupo multidisciplinar para el desarrollo autonómico de la ley. Como explica la directora general de Humanización se han mantenido reuniones con distintos colectivos y colegios profesionales y se elaboró documentación para que los profesionales sanitarios conozcan cuáles son los procesos y conocer cómo se tiene que actuar si reciben una solicitud.

“En general creo que la ley se está implantando en un ambiente de serenidad de razonable y con una demanda general de información para que la gente pueda ejercer libremente este derecho y los profesionales se sientan también respaldados y seguros cuando tengan que prestar este apoyo a alguna persona que lo solicite”, manifestó Marín.

Ante una ley que ha generado polémica política, la directora general considera que “los profesiones sanitarios creo que están tranquilos y además ellos saben que pueden ejercer  su derecho de objeción de conciencia y por tanto no tienen por qué sentirse presionados”. En este sentido, solo queda pendiente a la Consejería de Sanidad publicar un decreto para regular este ejercicio de la objeción de conciencia con la creación de un registro de objetores.

Comisión de Evaluación y Garantías

Antes de realizar la eutanasia, el médico responsable tiene tres días para poner el caso en conocimiento del presidente de la Comisión de Garantía y Evaluación de su comunidad autónoma. Éste designará, en el plazo máximo de dos días, a dos miembros de la misma, un profesional médico y un jurista, para que verifiquen si se cumplen los requisitos previstos en la ley. Estos dos profesionales contarán con siete días para emitir el informe que se trasladará al presidente y éste, a su vez, lo pondrá en conocimiento del médico responsable.

En Castilla-La Mancha la Comisión de Garantía y Evaluación contará con entre siete, el mínimo que marca la ley, y diez miembros. Además de profesionales sanitarios y jurídicos, cuenta con un representante de un movimiento asociativo relacionado con patologías crónicas, incapacitantes o enfermedades degenerativas, así como un filósofo. En concreto, explica Marín, un filósofo especialista en ética y con experiencia docente. “Hemos valorado esa capacidad del filósofo de organizar un foro de debate ordenado y con experiencia docente porque tenga contacto y conocimientos muy actualizados de la sociedad”.

Eutanasia

Con la aprobación de la solicitud en la Comisión de Garantía y Evaluación, tras la firma del consentimiento informado, el paciente deberá comunicar al médico responsable la modalidad en la que quiere recibir la prestación de ayuda para morir: que el personal médico le administre directamente una sustancia o que le prescriba o le facilite esa sustancia, de modo que se la pueda suministrar él mismo. En ambos casos, tanto el médico como el resto de profesionales sanitarios estarán con el paciente hasta el momento de su fallecimiento. El proceso podrá realizarse en un centro sanitario o en el domicilio del enfermo.

Una vez realizada la eutanasia, el médico responsable tiene cinco días para remitir a la Comisión de Garantía y Evaluación dos documentos. El primero recogerá los datos del paciente, del médico responsables y del consultor, el documento de instrucciones previas si lo hubiera y la identificación de la persona que presentó la solicitud en nombre del paciente en situación de incapacidad.

En el segundo documento se detallará el proceso, con el tiempo transcurrido desde la petición de eutanasia hasta la muerte, descripción de la patología y del sufrimiento, razones por las cuales se consideraba que no tenía perspectivas de mejoría, información sobre la voluntariedad y la reflexión realizada y garantías de que no hubo presiones externas.

El consejero de Sanidad y la directora general de Humanizacion en unas jornadas sobre eutanasia EP
El consejero de Sanidad y la directora general de Humanización en unas jornadas sobre eutanasia, en diciembre de 2020 – EP

Madurez y empatía

Para la directora general de Humanización y Atención Sociosanitaria “la madurez de la sociedad y la empatía hacia las personas que sufren han hecho posible el derecho individual que otorga la Ley de Eutanasia”.

“La ley marca un derecho individual y una decisión de la persona, garantiza el ejercicio de la voluntad y la autonomía”, manifestó Marín, que considero que la norma “compatibiliza el derecho a la vida y a la integridad física y moral, con el derecho y el reconocimiento de la dignidad, de la libertad y de la autonomía de la voluntad que todos tenemos”.

Subrayó que es una libre elección, “no se le impone a nadie” y destacó que “es una ley de garantía, de acompañamiento en los momentos finales de la vida, para que las personas no se sientan solas en situaciones que están muy bien definidas: de enfermedad grave, padecimiento grave, incurable, donde no existe una alternativa razonable para paliar el sufrimiento físico o psíquico de esa persona”.

Considera que una vez que comience a desarrollarse la prestación no surgirán críticas. “En cualquier caso, si surgiesen, se gestionarán y se informará a la ciudadanía, como hacemos siempre”. En este sentido opinó que muchas veces las críticas “son más una cuestión de desconocimiento, o de otro tipo de interés, que de que realmente la sociedad y el conjunto de la ciudadanía no tenga meridianamente claro que hoy los medios técnicos permiten que la vida se alargue a veces en situaciones que no son asumibles, que no ofrecen una calidad de vida que también es un derecho, al igual que la dignidad”.

Concluyó subrayando que “es una decisión personal, nadie puede tomar la decisión por ti y nadie puede obligarte a mantener una situación de dolor y sufrimiento intolerable para ti. Creo que es una cosa muy razonable y vamos a seguir esta senda de ser razonable y hacer bien las cosas y con tranquilidad y pausa”.

 

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