Dicha empresa denunciaba el criterio de adjudicación evaluable mediante juicio de valor que valora la localización, dimensiones, accesibilidad y señalización del local ubicado en el municipio de Puertollano que el adjudicatario habrá de proporcionar. De otro lado denuncia que determinados criterios evaluables mediante fórmulas resultan incompatibles con los principios de eficiencia y selección de la oferta con la mejor relación calidad-precio, como así consta en el documento publicado en la Plataforma de Contratación.
El Tribunal ha estimado parcialmente el recurso presentado por la empresa, declarando la nulidad de la cláusula 16.letra b) del pliego de cláusulas administrativas particulares, con retroacción de actuaciones hasta el momento anterior a la aprobación de un nuevo pliego ajustado a derecho, levantando, asimismo la suspensión del procedimiento de contratación.
En consecuencia de esto, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Puertollano ha anulado, en reunión del pasado 3 de octubre, el procedimiento de contratación y ha procedido a la confección de nuevos pliegos.