La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto al arquitecto técnico del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan y al que fuera director técnico de Aguas de Alcázar del delito de falsedad documental por el que la fiscalía pidió para ellos tres años de cárcel.
La sala entiende que su acción: certificar con su firma una obra municipal en 2009 para no perder una subvención, solo era “un mero requisito en un dilatado proceso administrativo que concluía con el decreto aprobatorio de la alcaldía, al punto que no resulta acreditada la necesidad de firma de los acusados”.
Las obras se hicieron y el delito habría prescrito
El tribunal también refiere que las obras “fueron totalmente ejecutadas y entregadas sin que conste que las cantidades subvencionadas fueras destinadas a fines distintos”. Y rematan el fallo haciendo hincapié con el hecho de que en caso de hubieran cometido un delito de falsedad documental habría prescrito en el momento que se amplió la querella contra ellos en 2013.
Un gran alivio para los funcionarios
La sentencia, que todavía no es firme, supone un alivio enorme para los dos funcionarios del Ayuntamiento de Alcázar, que se enfrentaban además a cuatro años de inhabilitación para desempeñar su trabajo y han tenido que afrontar seis angustiosos años de escarnio público, según explicaron en el juicio celebrado la semana pasada.
Los acusados, que se han sentido víctimas de una venganza contra el exalcalde Sánchez Bódalo, explicaron que habían pagado “un precio muy alto” por cometer “una negligencia, no un delito”.
Querella criminal contra el exalcalde y su gobierno
Con esta sentencia absolutoria –no se prevé que haya recurso- se cierra judicialmente el pleito iniciado en el año 2012 contra el exalcalde de Alcázar, el socialista José Fernando-Sánchez Bódalo y varios concejales de su equipo de gobierno, por presunta corrupción municipal, al llegar al gobierno el PP con el apoyo de Ciudadanos por Alcázar (CxA).
La querella inicial contra los políticos por malversación y otros delitos, se desinfló durante el trámite de instrucción (el caso se sobreseyó contra los políticos) y como única presunta irregularidad se detectaron estas dos certificaciones de unas obras de mejora y eliminación de barreras en arquitectónicas en la zona del mercadillo de Alcázar, certificadas antes de que comenzara la obra, complicada si se cumplían los plazos que marcaban las subvenciones a las que se acogió.
El tribunal no se ha pronunciado sobre quién debe abonar las costas procesales.