La sección primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a siete años de cárcel a un hombre de 42 años, W.S.V.V., por violar a una mujer de 33 en los lavabos de un bar del Torreón el verano pasado.
El tribunal da plena credibilidad al testimonio de la mujer, principal prueba de cargo para condenar al varón, que ha cambiado varias veces su versión de lo ocurrido.
Alejamiento y libertad vigilada
La sala impone al acusado una medida de alejamiento de 300 metros de la víctima diez años después de cumplida la pena de prisión, además de seis años de libertad vigilada, y le obliga a indemnizar a la mujer con 12.000 euros por daños morales.
Coindieron por la mañana en un bar
El tribunal considera probado que la mañana del 3 de agosto del año pasado el acusado, vigilante de seguridad de un establecimiento de la zona, y la mujer, camarera de otro, coincidieron sobres las once de la mañana en un establecimiento de la calle La Mata y entablaron conversación.
Todo fue normal hasta que ella empezó a sentirse incómoda con sus insinuaciones sexuales y toqueteos hasta el punto que se fue al baño para huir de él, sin embargo el acusado la siguió y preveliéndose de corpulencia y superioridad física mantuvo con ella relaciones sexuales completas contra su voluntad con intimidación.
La mujer, que reconoció en el juicio que no gritó ni pidió auxilio en ese momento porque se quedó bloqueada, denunció lo ocurrido al día siguiente.
“Mi clienta valora el tribunal haya entendido que su declaración era totalmente creíble”, explica el abogado de la víctima que ha ejercido la acusación particular en el caso.
La violencia no implica necesariamente lesiones
“El delito de agresión sexual requiere violencia o intimidación, pero en modo alguno que se ocasionen lesiones a la víctima. La ausencia de señales físicas en el cuerpo de la ofendida o de otros signos externos, según tiene declarado esta Sala, no impide para la existencia del delito la agresión sexual, que ofrece muchas facetas, muchas posibilidades y muchas variedades, dentro de las cuales no es imprescindible que la violencia y la intimidación lleven consigo lesiones”, alega el tribunal en una parte del razonamiento de la sentencia, que todavía no es firme.
“Mi clienta está satisfecha que la sala haya entendido que su relato es totalmente creíble y que él dio muchas versiones distintas”, señala el abogado Jesús Corella, que ha ejercido la acusación particular en representación de la perjudicada. “La sentencia está muy bien fundamentada”, añade.