32 familias de la provincia de Ciudad Real recibieron durante el año 2023 la prestación por Cuidado de Menores con Enfermedad grave (CUME), a través de las mutuas colaboradoras de la seguridad social, generando un gasto que ascendió hasta los 1.021.943,37 euros. De ellas, 4 cabezas de familia eran trabajadores autónomos y 28 pertenecían al régimen general de contratación, tal como se desprende de los datos ofrecidos por la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT).
Respecto al año 2022, hubo tres familias menos que tuvieron acceso a la CUME, sin embargo, las prestaciones crecieron más de 300.000 euros, pasando de los 606.943,30 euros a 916.179,29 euros en el año 2023.
En el último año, en la provincia de Ciudad Real, las Mutuas también incrementaron el número de días indemnizados, pasando de 18.808 en el año 2022, a los 25.946 en el año 2023.
En Castilla-La Mancha, fueron 210 familias las que pudieron acogerse a este recurso de las Mutuas, con un gasto total de 8.047.115,49 euros, que representó casi 2 millones de euros más frente a lo que percibieron en el año 2022 (6.146.670,14 euros).
Las Mutuas contemplan estas prestaciones que son vitales para muchas familias
Entre las prestaciones que gestionan las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social destaca la destinada a familias que deben hacer frente al cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves que supone, dicen desde AMAT, “un salvavidas para muchos de los trabajadores beneficiarios que tienen que ver reducida su jornada laboral para poder asistir de forma directa, continuada y permanente al menor enfermo”.
En el año 2023, las Mutuas han reconocido en el conjunto nacional un total de 5.208 prestaciones CUME, a las que se han destinado 221,09 millones de euros. En el año 2022, se reconocieron 4.695 prestaciones, lo que supone un incremento del 10,93% en 2023. La duración media de estos procesos, en 2023, ha sido de 531,53 días.
La variación en el comportamiento del CUME en los últimos años, estiman desde la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo, “puede deberse a uno de los grandes cambios que ha sufrido esta prestación en el año 2022, y es que en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, donde se amplió el derecho a percibir esta prestación hasta los 23 años del causante, en el supuesto en que la prestación haya sido extinguida por cumplir la mayoría de edad”.
Así, con este cambio de legislación, “este incremento en el límite de edad del paciente enfermo tiene como consecuencia que la prestación no se extingue cuando el menor cumple los 18 años, sino que se extiende hasta el cumplimiento de 23 años, siempre y cuando se cumplan los requisitos para mantener la prestación”.
Además, desde el pasado 1 de abril, se puede mantener la prestación económica hasta que la persona causante cumpla los 26 años si antes de alcanzar los 23 años acreditará, además, un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
En términos económicos, la prestación por CUME ha supuesto un gasto total en el ejercicio 2023 de 221,09 millones de euros, frente a los 176,00 millones de euros de gasto en el año 2022, lo que supone un incremento del 25,62%. En lo referente al gasto por día indemnizado, a cierre del ejercicio 2023, éste ascendió a 51,71 euros diarios, mientras que para el ejercicio precedente dicha cifra se situó en 51,35 euros por día, de forma que se ha producido un aumento de 0,36 € al día, que representa un ascenso del 0,70%.
Una prestación que nació en el año 2010
Esta prestación nació con la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, en la que se introduce un nuevo artículo en la Ley General de la Seguridad Social, con la finalidad de ampliar la acción protectora de la Seguridad Social, incorporando en el ordenamiento jurídico de la protección social una nueva prestación económica destinada a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Dada la especificación del régimen jurídico de esta prestación, el CUME tiene su desarrollo normativo en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves. En el mismo, se incluye un listado con aquellas enfermedades consideradas graves a efectos del reconocimiento de la prestación.
Esta prestación tiene como objeto dar cobertura a aquellos trabajadores que tienen la necesidad de cuidar de manera directa, continua y permanente de los hijos o menores a su cargo por estar estos enfermos por cáncer u otra enfermedad grave, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
La CUME está dirigida a personas progenitoras, guardadoras con fines de adopción y acogedoras de carácter permanente, cuando ambas trabajen, o cuando sólo haya una persona progenitora por tratarse de familias monoparentales, por lo que pueden reducir su jornada laboral un mínimo del 50% y un máximo del 99,90%.
Por consiguiente, este subsidio, de devengo diario, equivale al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por Incapacidad Temporal, derivada de Contingencias Profesionales o, en su caso, la derivada de Contingencias Comunes, cuando no se haya optado por la cobertura de las Contingencias Profesionales, aplicando el porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo.
Son las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, o en su caso la Entidad Gestora con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, las encargadas de la gestión y pago de esta prestación. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1148/2011, el Sector de las Mutuas ha destinado 1.097,34 millones de euros a las prestaciones CUME, beneficiándose 34.027 familias entre los ejercicios 2011 y 2023 en el conjunto del territorio español.