Antonio López de la Manzanara y Manuel Martín-Gaitero, alcalde y concejal de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Manzanares entre 2011 y 2015, cuando se produjeron los vertidos por los que han sido juzgados y absueltos de delito ecológico en el juzgado de lo Penal 1 de Ciudad Real, aseguran que no tenían ninguna duda moral ni personal respecto de su actuación, pero que el caso les ha afectado emocionalmente.
Ambos afirman a través de su abogado, Jesús Velascoín, que han soportado estos años “una presión mediática que consideran inaceptable”.
Velascoín destaca respecto a las cuestiones jurídicas de la sentencia que “no ha quedado acreditado que los vertidos ocurridos en octubre del 2014 comportaran un grave riesgo para el equilibrio de los sistemas naturales, invocando la jurisprudencia sobre los elementos del tipo penal del art. 325.1 del Código Penal que no se han acreditado en este proceso”.
No hubo inactividad
Además dice que los hechos probados “comportan que no se pueda concluir que haya existido una inactividad por parte de los encausados en el marco o ámbito de sus competencias, no se ha probado por la acusación pública que los vertidos ocurridos en octubre de 2014 contribuyeran, y de ser así en qué medida, a la ruptura del ecosistema acuático del parque nacional de las Tablas de Daimiel”.
De la Manzanara y Martín-Gaitero, a los que ha notificado la sentencia este miércoles, entienden que “la magistrada ha recogido fielmente, de forma sencilla pero clara y contundente, los hechos probados acaecidos en el juicio y que motiva adecuadamente”.
El Ayuntamiento de Manzanares ya ha pagado multa
Rodrigo Caballero, el abogado del Ayuntamiento de Manzanares en el caso –era responsable civil subsidiario-, destaca que en el juicio quedó clara la asunción de las responsabilidades administrativas que correspondían, sin que pueda elevarse a delito cualquier incidencia en la gestión municipal.
También se congratula de que la sentencia considere probado que los problemas del parque de las Tablas de Daimiel por contaminación “fueron ocasionados por la reiteración de vertidos incontralados con anterioridad a los dos específicos de la depuradora Manzanares-Membrilla”.
La sentencia todavía no es firme. La fiscalía podría recurrir ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real.